2 de febrero de 2022
Este año viviremos una nueva jornada electoral en el país para Senado, Cámara de Representantes, Presidencia de la República y, en el caso de Medellín, un posible proceso de revocatoria de un mandato, eventos en los que todos los ciudadanos, incluidos los servidores públicos, con las restricciones consagradas en la Ley, podemos participar con toda libertad y plena consciencia.
En virtud de lo anterior, como organización sindical responsable, desde SINPRO adelantamos un ejercicio orientado a proporcionar a nuestros afiliados y a todos los trabajadores, especialmente de EPM, información basada en la normatividad, sobre la participación de los servidores públicos en estos comicios con el fin de que cada uno actúe con tranquilidad frente a estas jornadas de participación política y de iniciativa ciudadana.
En primer lugar es necesario tener claro que, como bien se ha hecho en todas las jornadas electorales e independiente de si somos o no servidores públicos, como ciudadanos tenemos el derecho y la potestad de decidir libre, autónomamente y sin coacciones, si hacemos efectivo el ejercicio del voto como mecanismo de expresión y participación democrática, y en el caso de los servidores de EPM, con la transparencia que hasta ahora y a lo largo de la historia lo hemos hecho.
De igual forma, es fundamental precisar que el proceso de revocatoria que se adelanta en Medellín no tiene “connotación partidista”, en los términos definidos en la sentencia C379 de 2016 de la Corte Constitucional.
Así mismo y como parte del derecho a la libertad de expresión y a recibir y transmitir información, todos los ciudadanos podemos deliberar frente a las situaciones de cualquier índole, incluido lo electoral, salvo las prohibiciones expresas para los servidores públicos, que pueden sintetizarse en las siguientes:
En conclusión, todos los servidores públicos tenemos derecho, como todos los ciudadanos, a realizar el ejercicio del voto y a expresar libremente nuestro pensamiento sobre candidatos, movimientos o controversias políticas, teniendo en cuenta, de forma responsable, las restricciones normativas en tal sentido.
Firmas y protección de datos
En el caso puntual del proceso de carácter no partidista de revocatoria del mandato que se adelanta en Medellín y en el que, se haya ejercido o no el derecho a firmar alguna de las planillas de la iniciativa ciudadana, es importante precisar que dicha información -la de haber o no participado-, se encuentra amparada por la restricción del habeas data (ley 1266 de 2008) y, por ende, no podrá ser utilizada para fines distintos a los meramente electorales, por lo que cualquier represalia o estímulo por haber firmado o no las planillas de la revocatoria es un acto contrario al derecho.
En el evento de que alguno de nuestros afiliados se vea inmerso en un proceso derivado, bien de su libre ejercicio a la firma o al del voto en el proceso de revocatoria del mandato que se adelanta en Medellín, desde SINPRO estaremos prestos a brindar el acompañamiento jurídico a que haya lugar.
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