Optimización y modernización de beneficios: mayores logros en Convención Colectiva de Trabajo SINPRO-EPM 2017-2020

Categoría: Comunicados 2017
Creado: Lunes, 30, Enero 2017 16:04
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cabezote EPMEdición 06

Mejoras, optimización, modernización y orientación de todos los beneficios 100% a los afiliados en la Empresa, son los principales logros para la nueva vigencia de la Convención Colectiva de Trabajo SINPRO-EPM de los próximos cuatro años.

Inyección al Fondo de Vivienda, aumento salarial y de los beneficios por encima del IPC, protección a conductores, posibilidad de utilizar parte de las ayudas de recreación en pólizas de salud para el trabajador, unificación del monto de ayuda para medicamentos no POS y pólizas en salud para beneficiarios, mejoramiento del beneficio para monturas, ampliación de ayuda para educación preescolar, posibilidad de utilizar la prima de antigüedad en tiempo y/o dinero, período mínimo de disfrute de vacaciones, ampliación de elementos del beneficio por defunción y una bonificación para los afiliados, hacen parte de lo alcanzado.

Estos son los puntos del acuerdo, cuyos textos serán incluidos en la Convención Colectiva de Trabajo entre EPM y SINPRO:

Vigencia (Cláusula décima novena)

De cuatro años: del 1° de enero de 2017 al 31 de diciembre del 2020

Incremento salarial (Cláusula octava)

·        Para 2017: IPC de 2016 certificado por el DANE (*): 5,75 + 2 puntos  = 7,75%

·        Para 2018, 2019 y 2020: IPC del año inmediatamente anterior (*) + 1,35

En el evento en que el incremento salarial de uno cualquiera de los períodos subsiguientes al primero resulte inferior o igual al incremento del salario mínimo legal para el respectivo año, la Empresa realizará dicho incremento sobre la base del incremento del salario mínimo legal más 0,3 puntos.

Primas y actualizaciones económicas

    ·  Para la prima de casa de máquinas subterráneas se elimina el tope actual: La Empresa le reconocerá al trabajador que labore en la Casa de Máquinas Subterráneas una prima por hora efectiva. Dicha prima se reconocerá durante el tiempo que el trabajador labore en este frente.

·    Los montos de las primas maternidad y aborto, matrimonio y casa de máquinas subterráneas; ayudas en salud (Monturas, ortodoncia y medicamentos no POS), ayudas escolares y subsidios familiar especial y de transporte (*),se incrementarán en los siguientes porcentajes:

-          Para 2017: IPC de 2016, certificado por el DANE (*): 5,75 + 2 puntos = 7,75%

-          Para 2018, 2019 y 2020:  IPC del año inmediatamente anterior (*) + 1,5 puntos

·  Los Fondos de Fomento a la Educación y el de Apoyo en casos de calamidad doméstica o urgencia familiar, se incrementarán en los siguientes porcentajes:

-          Para 2017: IPC de 2016, certificado por el DANE (*): 5,75 + 2 puntos = 7,75%

-          Para 2018, 2019 y 2020:  IPC del año inmediatamente anterior (*) + 1,5 puntos

Vacaciones (Cláusula novena)

Se posibilita al trabajador poder fraccionar su período de vacaciones hasta de dos (2) días continuos y hasta por dos veces por año fiscal.

Prima de antigüedad (Cláusula novena)

Se reconocerá en tiempo, en dinero y/o en tiempo y dinero, a elección del trabajador, de acuerdo con reglamentación.

Salud (Cláusula décima)

·      Eliminación de la diferencia salarial y adopción del valor más alto que tenía la ayuda para la compra de medicamentos no cubiertos por el POS o para el pago de pólizas complementarias de salud o servicio de salud prepagada, para los beneficiarios del trabajador (Que cumplan las disposiciones legales).

·      Auxilio para montura cada cinco (5) años, contados desde la última entrega.

·      Inclusión del trabajador como destinatario de la ayuda para ortodoncia, en los casos de ortodoncia funcional (Se realizará reglamentación).

Auxilio económico por enfermedad (Cláusula novena)

Se incluyen las incapacidades superiores a 180 días.

Nota: Este parágrafo se redactará de acuerdo con la normatividad vigente.

Vivienda (Cláusula décima cuarta)

·        El Comité de Vivienda, Educación, Deporte y Cultura SINPRO-EPM será paritario. En él se reglamentará todo lo concerniente a estos temas.

·        Inyección en 2017 al Fondo de Promoción a la Vivienda SINPRO-EPM, de veintidós mil quinientos millones de pesos ($22.500´000.000).

·        Incremento del Fondo, el 1° de enero de 2018, en un 10%

·        Incremento del Fondo, el 1° de enero de 2020, en un 10%

Educación (Cláusula décima segunda)

·   La ayuda para Educación Preescolar cambia por Ayuda para educación preescolar, atención y cuidado a la primera infancia y se suprime en ella los límites de edad.

Recreación, deporte, gimnasio, salud y educación formal (Cláusula décima tercera)

·        Se llamará ahora: Apoyo a las actividades de recreación, deporte, gimnasio, salud y educación formal.

·        El trabajador podrá destinar hasta el 40% del apoyo económico que le fue asignado por la Empresa para este beneficio, en el pago del costo individual de su plan de salud (póliza de salud, plan de medicina prepagada o plan complementario de salud) y/o para la educación superior formal.

Beneficio por defunción (Cláusula décima primera)

En el valor de la ayuda se incluyen los traslados, repatriaciones y trámites legales.

Prima especial por firma de convención

A todos los trabajadores que al 26 de enero de 2017 hacen parte de SINPRO como afiliados o beneficiarios por extensión de la Convención Colectiva de Trabajo con EPM,  se les reconocerá una prima especial por firma de convención, por una sola vez y no constitutiva de salario, equivalente a medio salario mínimo legal mensual vigente ($368.859).

Retroactividad

Los incrementos para 2017: salarial y de las ayudas solicitadas en lo corrido del año por parte de los trabajadores de EPM que a 26 de enero de 2017 se encontraban afiliados a SINPRO, se reajustarán con retroactividad al 1° de enero de 2017.

NOTAS

·        Quienes se hayan afiliado o se  afilien a SINPRO después del 26 de enero de 2017, se les aplicarán los incrementos a partir de la fecha de afiliación, sin retroactividad. Tampoco recibirán la prima especial por firma de convención.

·        La Empresa requiere de varios días para hacer los ajustes necesarios y poder realizar los pagos correspondientes a las retroactividades y a la prima especial. Una vez los hayan realizado, comunicará a los trabajadores cuando se harán los pagos respectivos.

Junta Directiva