Evolución de las propuestas
Queremos compartir la evolución de las propuestas de negociación en el marco del conflicto laboral colectivo entre SINPRO y UNE. Partió del Pliego de Peticiones presentado por SINPRO y continuó con las propuestas efectuadas entre el 1° y 20 de septiembre, en las reuniones exploratorias de las comisiones negociadoras.
Todo lo anterior ha girado alrededor del pliego de peticiones originalmente presentado por SINPRO. Ningún ajuste implicó la presentación de un nuevo pliego.
· Pliego de Peticiones entregado por SINPRO a UNE EPM Telecomunicaciones S.A. (3 de noviembre de 2016). Pliego Peticiones SINPRO
· Única propuesta escrita de UNE (4 de septiembre de 2017). Propuesta UNE
· Primer ajuste de SINPRO al Pliego (5 de septiembre de 2017). Ajuste1Pliego
· Segundo ajuste de SINPRO al Pliego (12 de septiembre de 2017). Ajuste2Pliego
· Cuadro comparativo de propuestas. Comparativo
Sobre las propuestas de UNE
Como se puede observar, la propuesta inicial de UNE hablaba de un incremento salarial por debajo del IPC de 2016 y sin pago de retroactividad, incluso desconociendo la equidad de lo ya negociado con otra organización sindical.
Respecto al tema del reconocimiento de la retroactividad, UNE propuso firmar a partir del 1° de agosto y pagar un bono no constitutivo de salario por el valor equivalente al incremento salarial de dos (2) meses; media hora después propuso hacerlo a partir del 1° de septiembre y pagar un bono por el valor equivalente al incremento salarial de tres (3) meses.
La propuesta evolucionó a la firma desde el 1° de agosto y pagar un bono por el valor equivalente al incremento salarial de cuatro (4) meses; para finalmente proponer que se firmara a partir del 1° de septiembre, con un bono equivalente al valor del incremento salarial de cinco (5) meses, adicionando un monto de $70 millones para distribuir entre todos los afiliados. Estas dos últimas propuestas sujetas al retiro de todas las acciones legales instauradas por SINPRO contra UNE.
Propuesta final de SINPRO
Realizada de forma verbal el último día de las reuniones exploratorias: dar a los afiliados a SINPRO un trato equitativo a los de Sintraemsdes en la negociación; es decir, los mismos ajustes en salarios y beneficios, y una retroactividad plena.
Los interrogantes
En los documentos pueden observarse las renuncias efectuadas por SINPRO para facilitar la negociación:
¿La administración y los negociadores de UNE hicieron renuncias?
¿Es este un proceso de negociación o una imposición? ¿Dónde está la real voluntad de los administradores de la empresa para llegar a un acuerdo?
Comisión Negociadora de SINPRO con UNE EPM Telecomunicaciones S.A.
Lea el comunicado aquì
Nº 59
- Postura y condicionamientos de UNE se dieron ante Comisión del Ministerio del Trabajo.
- Situación afecta a 600 trabajadores en UNE y Huawei.
- Negociaciones entre SINPRO y UNE debieron iniciarse en noviembre pasado.
- En medio del conflicto colectivo UNE ha despedido a trabajadores protegidos con fuero.
A finales de año 2016 el Sindicato de Profesionales (SINPRO) presentó tanto a EPM como a UNE EPM Telecomunicaciones S.A. los respectivos pliegos de peticiones para las nuevas vigencias de sus convenciones colectivas de trabajo. En enero de 2017 se llegó a un acuerdo con EPM, beneficiando a 4.000 afiliados en la empresa. En el caso de UNE el conflicto laboral iniciado el 3 de noviembre y que incluye a 590 afiliados, aún no se resuelve.
La postura de la administración de UNE, en manos de Millicom (TigoUNE), ha sido la de dar portazos permanentes a una posible negociación; el último lo dio el pasado 16 de agosto, en reunión celebrada por las partes y con mediación de la Comisión de Prevención de Conflictos Laborales del Ministerio del Trabajo.
Pese a la voluntad del Sindicato de Profesionales para abordar la negociación, los representantes de la empresa han mostrado otra actitud, y en la citada reunión condicionaron cualquier diálogo a la presentación por parte de SINPRO de un nuevo pliego de peticiones y la exclusión de cualquier pretensión para los trabajadores que el 10 de octubre de 2016 pasaron a Huawei Technologies Managed Service Colombia S.A.S. mediante una supuesta sustitución patronal, aún no demostrada. En conclusión, la Empresa busca iniciar un nuevo conflicto laboral, dejando atrás el existente.
Durante los nueve meses que han corrido sin acuerdo, se han presentado hechos que han afectado a los afiliados a SINPRO en UNE y Huawei, entre ellos, el que aún no han tenido incremento salarial en 2017, y el despido sin justa causa de ocho de ellos, un hecho atentatorio de la normatividad, puesto que al estar inmersos en un conflicto laboral en marcha, están protegidos por la figura legal del fuero circunstancial.
Teniendo en cuenta el portazo de UNE, queda otro camino: la intervención de la Comisión Especial de Tratamientos de Conflictos ante la OIT, en la que participan la Ministra de Trabajo, un Viceministro de esa Cartera, así como representantes de los gremios empresariales y de las centrales de trabajadores.
SINPRO hace un llamado a los entes de control, a la administración de EPM, al Alcalde de Medellín y al Concejo de la ciudad para que vuelvan su mirada a todo lo que pasa con UNE EPM Telecomunicaciones S.A., otrora empresa orgullo de los habitantes de Medellín.
Para entender la situación laboral
· El 10 de octubre de 2016, en un negocio sin clarificar por parte de Millicom y EPM (socio mayoritario de UNE con el 50%+1 acción), se entregó gran parte de la operación de UNE a Huawei Technologies Managed Service Colombia S.A.S., y como consecuencia de ello 601 trabajadores pasaron a esa empresa mediante una supuesta sustitución patronal.
· El 3 de noviembre de 2016 SINPRO entregó a UNE el pliego de peticiones de la nueva vigencia de la convención colectiva de trabajo para los afiliados, incluidos los que laboran a través de Huawei TMSC SAS.
· El 17 de noviembre de 2016, fecha en que se debían iniciar las negociaciones, no pudo ser instalada la respectiva mesa, dadas las posturas opuestas de las partes frente a los trabajadores que laboran a través de Huawei. No obstante, SINPRO buscó acercamientos con la empresa, pero la posición de los representantes de ella no varió, lo que la ido dilatando el proceso.
En 4 años cambiaron condiciones de 1.500 trabajadores
Desde 2013, año en que se inició la integración con Millicom, se ha presentado una serie de acontecimientos en UNE EPM Telecomunicaciones S.A. que han afectado directamente a 1.500 trabajadores.
1. Entre 2013 y 2017 la empresa despidió amás de 300 trabajadores.
2. Han salido de UNE y su filial Edatel más de 400 empleados mediante dos planes de “retiro voluntario”.
3. En 2016 se cambió a salario integral el contrato de trabajo de 100 “mandos medios”.
4. En octubre de 2016 se dio el paso unilateral de 601 trabajadores de UNE a Huawei, mediante una supuesta sustitución patronal, un negocio aún no clarificado ante instancias como la justicia, el Ministerio del Trabajo y el Concejo de Medellín, entre otros.
5. El pasado 29 de junio fueron despedidos otros 30 trabajadores de la empresa, algunos de los cuales tuvieron que ser reintegrados a los pocos días, dándose cuenta la administración de la empresa, de su violación a la legislación nacional.
Analizado en profundidad el contenido de la Sentencia de la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia (SL5584-2017) se concluye que la sola disponibilidad para trabajar genera el derecho al salario.
La Corte precisó que “…así el trabajador no sea llamado a desempeñar ninguna tarea tiene el derecho a ese pago, pues el simple hecho de estar disponible le quita tiempo personal y familiar”, y recordó que el artículo 23 del Código Sustantivo del Trabajo faculta al empleador para exigir el cumplimiento de órdenes, pero así no lo haga el trabajador está a su disposición y por tanto este tiempo debe remunerarse.
¿Qué significa el fallo para nuestros afiliados?
Son muchos los trabajadores que laboran en EPM, UNE y Huawei bajo la figura de la “disponibilidad”, lo que les da derecho al pago de los recargos por trabajo suplementario o de horas extras, con el consecuente reajuste de lo percibido por dominicales, prestaciones sociales y aportes al sistema de seguridad social, generando además el derecho a las indemnizaciones por el pago deficitario de algunas prestaciones, entre ellas, las cesantías.
¿Cuál es el camino?
Si en los últimos tres (3) años, que es el término de prescripción de los derechos en materia laboral, uno de nuestros afiliados que labora en las empresas EPM, UNE o Huawei, estuvo bajo la figura de “disponibilidad” y no le pagaron por ello, tiene derecho a solicitar el pago de los conceptos señalados, mediante una reclamación administrativa al empleador. Si no hay respuesta o esta es negativa, se puede acudir a la justicia ordinaria laboral para que reconozca el derecho.
Asesoría a nuestros afiliados
Los afiliados a SINPRO que laboren o hayan laborado bajo la figura de la “disponibilidad” en los términos que se han explicado y opten por realizar la respectiva reclamación administrativa a la empresa, pueden solicitar la asesoría de nuestro equipo de abogados, a través de este enlace, en www.sinpro.org (Servicios/Asesoría Legal/Solicitud Asesoría Jurídica) o escribiendo al correo Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Necesita activar JavaScript para visualizarla. con el Asunto: Reclamación Disponibilidad.
Junta Directiva de SINPRO
Hace pocos días las directivas de Huawei Technologies Managed Service Colombia S.A.S informaron que habrá una modificación en los periodos de pago de la nómina de los empleados, al pasar del salario semanal a quincenal.
Como es del interés de SINPRO revisar que todo cambio esté ajustado a la norma, procedimos a revisar el contexto legal y encontramos que el Código Sustantivo de Trabajo en el artículo 134 especifica que el pago de sueldos no puede ser superior a un mes, en tanto que en el Reglamento Interno de Trabajo se establece que “el periodo de pago en la empresa es mensual, quincenal y semanal”, lo que quiere decir que la empresa no se comprometió con un periodo de pago específico, pero está dentro de lo legal. Si bien en el Reglamento Interno de Trabajo de UNE está especificado que el pago será semanal, el sistema está habilitado para pagos quincenales si así lo solicita el empleado.
Luego de este análisis podría concluirse que la modificación en los tiempos del salario es legal y la empresa lo puede aplicar, que desde los principios del derecho laboral los cambios aplicados no pueden desmejorar la situación de los trabajadores y en este caso, por el contrario, son beneficiosos para los empleados, según previa evaluación financiera realizada con ayuda de expertos en la materia.
Desde SINPRO recomendamos a nuestros afiliados planear sus gastos con tiempo, para que esta modificación no genere desajustes en sus finanzas personales.
Junta Directiva SINPRO
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