Edición 11
Luego del acuerdo entre Sintraemsdes y Huawei Technologies Managed Service Colombia S.A.S. y de una comunicación en la que esta empresa insinuó que aplicaría por extensión los beneficios de ese sindicato a nuestros afiliados; desde SINPRO alertamos sobre esa intención y sugerimos que quienes no estuvieran de acuerdo con esa decisión enviaran una carta (Clic para descargar) en la que se lo manifestaran expresamente a Huawei.
El 12 de abril se cumplió lo advertido. A pesar de que varios afiliados enviaron la comunicación propuesta, la totalidad de ellos recibieron de Nómina de Huawei otra en la que informa… “Procederá a realizar los incrementos salariales que se encuentran allí dispuestos (En referencia a Convención con Sintraemsdes), los cuales serán calculados de manera retroactiva a partir del día 1ro de enero de 2017”. Y adicionó: “Igualmente, y según lo establecido en este acuerdo, la Compañía también procederá a efectuar los descuentos convencionales a los que haya lugar, los cuales también serán computados a partir de la fecha de vigencia…”. Y con ello recibieron la notificación, en el respectivo Comprobante de Liquidación Período Nómina, los “ajustes y pagos retroactivos”.
Tras esa comunicación, los pagos mencionados y pese a que nuevamente esos y otros afilados manifestaron explícitamente que no aceptaban esa decisión y que se procediera a tomar los correctivos a que hubiese lugar, este miércoles 19 de abril, todos los afiliados recibieron en el comprobante de nómina la deducción “Aportes Sintraemsdes Medellín”, y a quienes enviaron la carta les respondieron que al renunciar a la convención de ese sindicato, “…procederá a aplicarle los beneficios de la CARTILLA DE BENEFICIOS, la cual fue establecida por HUAWEI TECHNOLOGIES en el momento de la sustitución patronal que se llevó a cabo el pasado 10 de octubre de 2016”. Y agregó que “…La Compañía procederá a descontar estos valores equivocadamente reconocidos, a partir de la nómina de la semana 17 que será pagada el 3 de mayo de 2017…”.
Desde SINPRO rechazamos estas actuaciones de la administración de Huawei TMSC SAS y la complacencia de la de UNE EPM Telecomunicaciones S.A., que desde todo punto de vista no solo causa confusiones, traumatismos económicos y molestias a estos trabajadores, sino que trasgrede la normatividad vigente, por cuanto intenta desconocer que a nuestros afiliados en UNE, incluidos los que laboran a través de Huawei, se les tienen que seguir aplicando los beneficios de la Convención Colectiva de Trabajo vigente entre SINPRO y UNE, y manteniendo sus demás derechos, entre ellos el del fuero circunstancial por estar inmersos en el conflicto laboral actual.
A todos nuestros afiliados en UNE, incluidos los que prestan sus servicios a través de Huawei, les reiteramos que desde SINPRO seguimos trabajando con firmeza para llegar a la mejor solución para todos, teniendo en cuenta presente que nuestro principal foco de atención está concentrado en la defensa de los derechos colectivos de los trabajadores.
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