Reajuste en salarios y en montos de beneficios convencionales para nuestros Afiliados

Categoría: Comunicados 2014
Creado: Viernes, 13, Junio 2014 10:09
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Equilibrio laboral y sindical…

Cuando logramos incluir a los hijastros como beneficiarios de las ayudas convencionales dirigidas a los hijos, o cuando en 2011 logramos el cambio en uno de los factores para una mejor liquidación de las vacaciones y de la prima de vacaciones para nuestros afiliados, celebramos que posteriormente dichos logros se hicieran extensivos a todos los trabajadores, teniendo como premisa que las administraciones tanto de EPM como de UNE han sido, por lo menos hasta ahora, garantes del sano equilibrio laboral y sindical, de forma que la diferencia entre los sindicatos no sean los beneficios convencionales sino sus formas de actuar, lo que a su vez garantiza el derecho constitucional a la libre asociación.

Por ello, teniendo además en cuenta la no coincidencia en los tiempos de las negociaciones entre ambos, y tras la debida gestión del Sindicato con la administración de EPM, firmamos el pasado lunes un Acta de Acuerdo Extraconvencional que ajusta el incremento salarial y los montos de los beneficios para nuestros Afiliados en EPM, fijados en la Convención Colectiva de Trabajo vigente hasta 2016. El acuerdo logrado contempla:

Incremento salarial. Adicional del 0,15% al realizado en enero y con retroactividad al 1° de enero de 2014. Para 2015 y 2016 el incremento salarial reajustado será del IPC certificado por el DANE para el año inmediatamente anterior (2014 o 2015) más 1,35 puntos.

Ayudas Escolares. Ajuste, sin retroactividad, de los montos de las ayudas escolares, en 1,36% adicional al pactado para 2014, reconociendo para todos los beneficiarios el mayor valor estipulado, es decir que se pagará el mismo valor del beneficio, sin estar supeditado al ingreso salarial del trabajador. Para 2015 y 2016, el incremento de este beneficio reajustado será del IPC certificado por el DANE para el año inmediatamente anterior (2014 o 2015) más 2,56 puntos.

Primas, auxilios, subsidios y otros beneficios. Ajuste, sin retroactividad, de los montos de las primas de maternidad y aborto, matrimonio; subsidios familiar especial y de transporte; ayuda para ortodoncia, lentes y montura, y para la compra de medicamentos no cubiertos por el POS; en 1.36% adicional al pactado para 2014. Para 2015 y 2016, el incremento de este beneficio reajustado será del IPC certificado por el DANE para el año inmediatamente anterior (2014 o 2015) más 2,56 puntos.

Prima de antigüedad. Se adiciona al parágrafo octavo, cláusula novena (9): “Cuando un trabajador afiliado a SINPRO o beneficiario por extensión de la convención colectiva de trabajo renuncie a la Empresa para entrar a disfrutar de su pensión de vejez o invalidez faltándole menos de un año para tener derecho a la Prima de Antigüedad consagrada en la presente cláusula, se le pagará el beneficio convencional en forma proporcional al tiempo de servicio para el momento de la desvinculación laboral”.

Vivienda. Nuevas inyecciones al Fondo de Promoción a la Vivienda en el segundo semestre de 2014 y en enero de 2015. Esto permitirá agilizar, aún más, el avance en las listas de espera.