Empleo digno y sostenibilidad, pilares de acuerdo SINPRO-EPM

Escrito por EditorSINPRO
Categoría: Noticias
Creado: Lunes, 10, Febrero 2025 21:14
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negociación

7 de febrero 

Desde SINPRO hemos basado históricamente nuestras actuaciones en tres principios: la defensa de los trabajadores, el aporte a la sostenibilidad de EPM y la defensa del patrimonio público y la institucionalidad. Honrando esos principios y como la organización sindical que representa a la mayoría de los servidores de EPM, llegamos a un acuerdo para la nueva vigencia de la Convención Colectiva de Trabajo entre las partes.

Este acuerdo, que sustentamos bajo cuatro premisas: 1) estabilidad sindical y convencional: pacto por la estabilidad institucional, 2) armonización de beneficios, 3) proporcionalidad y 4) incremento real de los beneficios económicos, fortalece nuestra convención, al extender su vigencia por cuatro años y conservar la totalidad de los beneficios convencionales, lo que se traduce en paz laboral, fundamental para concentrar el esfuerzo de todos en los retos que hoy y a futuro tiene la empresa.

Este proceso se dio en un ambiente de cordialidad y de respeto, enfocados en el beneficio de las partes, pensando en la sostenibilidad de la empresa y en mejorar las condiciones de los afiliados y sus familias.

Logros del acuerdo

Que se suman a los conseguidos por SINPRO en los últimos 15 años y superan los conseguidos por cualquier otra organización sindical en la empresa.

  • Vigencia: 4 años (2025-2028)
  • Incremento salarial:
  • Para 2025: un gran logro al obtener 9,5%, igual al incremento del salario mínimo decretado por el Gobierno Nacional. El incremento será a partir del 1 de enero del presente año.
  • Para 2026, 2027 y 2028: aumento del IPC del año inmediatamente anterior (2025, 2026 y 2027, respectivamente) + dos (2) puntos. En caso de que la diferencia entre ese porcentaje (IPC + 2) y el salario mínimo acordado o decretado para el respectivo año fuere igual o superior en cuatro (4) puntos, el incremento será el promedio entre ambos factores, con lo que se garantiza que nuestros afiliados no tengan pérdida en el valor adquisitivo.
  • Armonización: EPM reconocerá a los afiliados y beneficiarios de la Convención de SINPRO el mayor valor que le conceda a una cualquiera de las otras organizaciones sindicales con presencia en la Empresa, ya sea en los acuerdos convencionales que suscriba con ellas, o en las actas extraconvencionales que modifiquen total o parcialmente dichos acuerdos, exclusivamente en temas económicos: salarios, primas y beneficios en materia de salud,  educación y recreación, todo con el propósito de buscar la igualdad.
  • Vivienda: para promover la igualdad del Fondo de Vivienda del Sindicato Mayoritario SINPRO con otros fondos que existen en la empresa para otras organizaciones sindicales, EPM capitalizará el fondo de SINPRO con $104.000.000.000.
  • Incremento de los beneficios: todos los beneficios económicos en salud, educación, recreación, deportes, gimnasio, primas (matrimonio, maternidad y aborto) y subsidios (familiar especial y de transporte), se incrementarán en un porcentaje igual al IPC del año inmediatamente anterior más un (1) punto.
  • Porcentajes de recreación, deportes y gimnasio para salud: se incrementa del 50% al 70% el valor que el trabajador podrá destinar del total de este beneficio, exclusivamente para el pago del costo individual de su plan de salud (póliza de salud, plan de medicina prepagada o plan complementario de salud). Así mismo, se incrementa del 47% al 50% el valor de la ayuda con el mismo destino exclusivo, para los beneficiarios del servidor que tienen derecho a ésta. Se mantendrán los porcentajes para destinar a educación formal (50% para el servidor y 47% para los beneficiarios).
  • Ayuda medicamentos no POS para servidores: este beneficio, que antes estaba destinado únicamente para los beneficiarios del trabajador, se extiende a todos los servidores afiliados a SINPRO.
  • Prima de maternidad y aborto: se extiende a los casos de adopción de un hijo.
  • Permiso estudios: se precisa que es para estudios básicos, de pregrado o posgrado relacionados directamente con las funciones del cargo que desempeña.
  • Bono por firma: EPM pagará a los servidores beneficiarios de la Convención Colectiva de SINPRO, un bono por firma, no constitutivo de salario, equivalente a dos (2) salarios mínimos legales vigentes ($2.847.000), pagadero dentro de los próximos 30 días.
  • Prima por retiro pensional: se incluyó a las personas que ya cumplieron requisitos para su jubilación y a los jefes.

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