Sinpro

facebook twitter youtube

 

  • Inicio
  • Institucional
    • Quiénes Somos
    • Estatutos
    • Nuestros Principios
    • Nuestra Historia
    • Delegados
    • Junta Directiva
  • Servicios
    • Asesoría Legal
    • Afiliaciones
    • Desafiliaciones
    • Acompañamiento Psicológico
    • Fondo de Solidaridad SINPRO
  • Separador
  • Comunicaciones
    • Comunicado a los afiliados
    • Noticias
    • Periódico SINPRO
    • Boletines de Prensa
  • Contacto

Posición frente a aprobación de venta de acciones de EPM en UNE

Imprimir Correo electrónico
Categoría: Noticias
Creado: Viernes, 23, Agosto 2024 20:29
Escrito por EditorSINPRO
Visitas: 1713

articulo CONCEJO 2 696x392 1

23 de agosto de 2024

Posición de SINPRO frente a la aprobación de venta de las acciones de EPM en UNE

Aunque eran necesarias decisiones de fondo tras el daño hecho a UNE y a los trabajadores desde que en 2013 se entregó su administración a un mal socio y pésimo empleador como Millicom, y que las sucesivas administraciones de la ciudad y EPM no protegieron como debían ni el patrimonio público representado en UNE ni el talento humano de la empresa, el Concejo de Medellín aprobó la propuesta de enajenación de las acciones de EPM en UNE e Invertelco, sin resolver algunos interrogantes planteados por SINPRO a esa corporación, de los cuales compartimos algunos apartes:

“Como organización sindical responsable asumimos posiciones basadas en criterios objetivos y en tres principios fundamentales: la defensa natural de los derechos de los trabajadores, el aporte a la sostenibilidad empresarial y la defensa del patrimonio público (…) Así lo hicimos cuando consideramos pertinente la escisión del negocio de telecomunicaciones, dado que en este sector se tomaban y se siguen tomando decisiones a una velocidad superior a la de los otros negocios estratégicos de EPM (…) Aunque requería serios ajustes para mejores resultados en un sector altamente riesgoso y en el que los permanentes cambios en la tecnología exigen enormes inversiones, UNE funcionó relativamente bien. Ese transitar se vio truncado con la aprobación del Acuerdo 17 de 2013, a pesar de haberse demostrado que no debía hacerse ningún proceso de fusión, venta o integración, y menos con Millicom, que había sido un mal socio para EPM en Colombia Móvil”.

Frente a la propuesta de enajenación de las acciones de EPM en UNE presentamos algunas consideraciones y tres grandes interrogantes, a los que no se dieron respuestas claras.

El futuro y la estabilidad laboral de los trabajadores, sobre lo cual hicimos dos propuestas

“UNE cuenta con poco más de 800 servidores, vinculados en su gran mayoría con contratos a término indefinido y cobijados por las convenciones vigentes, que arrastran la historia de la negociación sindical adelantada en EPM (…) Al momento de la escisión unos 3.400 trabajadores pasaron a UNE, en el entendido de que le serían respetados todos sus derechos laborales. En el Acuerdo 17 de 2013 se determinó que “en todo caso, se conservarán los derechos laborales de los actuales servidores de UNE EPM Telecomunicaciones S. A.”, que ese año sumaba 2.750 empleados (…) Con los años esa cifra disminuyó dramáticamente, mediante despidos, planes de retiro disfrazados de “voluntarios” y el traslado de 601 servidores de UNE a Huawei, de los que quedan menos de 200. Bajo la administración Millicom el talento humano de UNE se redujo en más del 70%”.

Teniendo en cuenta esa suma de aspectos, SINPRO propuso alternativas de protección para esos servidores:

Una, que EPM absorba a los servidores que quedan provenientes de la escisión, los cuales podrían trabajar en uno de los proyectos de destinación de la propuesta de enajenación, el de la conectividad en los puntos de la ciudad donde no la hay. La segunda alternativa, un mecanismo utilizado en muchas operaciones de esta naturaleza, consistente en fijar bonificaciones adicionales a las legales y convencionales a favor de quienes eventualmente sean despedidos sin justa causa dentro de los 36 meses siguientes a la venta de las acciones.

La valoración de UNE EPM Telecomunicaciones S.A.

“Frente a las condiciones de venta de estas acciones, SINPRO propuso se contrate una banca de inversión de reconocida solvencia profesional, que integre múltiples variables presentes y futuras que arrojen un valor real del activo (…) Independientemente del método escogido, se deben incluir todos los factores objetivos posibles: patrimonio de la empresa, flujo de caja, posición competitiva en el sector, valor de mercado, condiciones económicas, expectativas del negocio, los activos que quedan y las últimas capitalizaciones, entre otros”.

La destinación de recursos

Producto de la enajenación, los recursos tendrían que ir íntegramente a programas y proyectos ligados al objeto social de EPM, como el de residuos sólidos. Para educación, empleo y otros programas de inversión social en Medellín, EPM ya le transfiere billonarias transferencias al Distrito, que en este cuatrienio se proyectan en $10,3 billones.

 

Adjudicamos otros 107 créditos de vivienda a nuestros afiliados

Imprimir Correo electrónico
Categoría: Noticias
Creado: Jueves, 22, Agosto 2024 19:34
Escrito por EditorSINPRO
Visitas: 1446

tipos de prestamos

 

22 de agosto de 2024

 

Adjudicamos otros 107 créditos a nuestros afiliados a través del Fondo de Vivienda SINPRO - EPM

Después de una nueva jornada de adjudicación de créditos de vivienda a nuestros afiliados en EPM, la buena noticia llega a los hogares de otros 107 de ellos, a quienes se les asignaron créditos de vivienda a través del Fondo SINPRO – EPM para aportar y fortalecer su calidad de vida personal y familiar.

Del total de estos nuevos préstamos, que suman $24.960 millones, 85 son créditos por primera vez y 22 por segunda vez, de acuerdo con la reglamentación respectiva; cuentan con un interés de tan solo el 4% efectivo anual, una tasa muy inferior a las que ofrece el mercado, otro de los logros obtenidos por SINPRO para cobijar a la totalidad de los trabajadores de la empresa que acceden al más importante de los beneficios convencionales.

Tras efectuarse esta nueva asignación de créditos, en lo corrido del 2024 se han asignado 214 créditos de vivienda a nuestros afiliados en EPM, y en los últimos tres (3) años ya sumamos 794 afiliados a SINPRO que han accedido a este gran beneficio, el cual hace parte de nuestra Convención Colectiva de trabajo con EPM.

Desde el momento en que se notifica la adjudicación de este crédito, los nuevos beneficiarios cuentan con seis (6) meses para acceder al respectivo desembolso, previa realización de las gestiones y trámites requeridos.

Montos de los créditos

En valor de los créditos de vivienda para los afiliados a SINPRO son de hasta 200 SMLMV ($260 millones en 2024) para los créditos por primera vez y de hasta 100 SMLMV ($130 millones en 2024) para los préstamos por segunda vez.

SINPRO

Posición frente a propuesta de Plan de Retiro Voluntario Compensado de EPM

Imprimir Correo electrónico
Categoría: Noticias
Creado: Martes, 20, Agosto 2024 18:48
Escrito por EditorSINPRO
Visitas: 2961

 RetvolunEPM

20 de agosto de 2024

Posición de SINPRO frente a la propuesta de un Plan de Retiro Voluntario Compensado para un grupo de servidores de EPM

EPM dio a conocer el “Plan de Retiro Voluntario Compensado”, del que no conocemos el cronograma ni las condiciones generales que se ofrecen.

Consideraciones generales a un Plan de Retiro Voluntario Compensado

Es claro para todos que la razón de ser de las organizaciones sindicales no es otra que el desarrollo de estrategias tendientes a la conservación del empleo, en el marco de unas condiciones dignas y justas de prestación del servicio. Para eso, y por disposición legal y constitucional, los trabajadores constituyen organizaciones que propugnan por la defensa del trabajo en condiciones dignas. Por lo tanto, nunca una organización sindical que aspire a cumplir el mandato de sus afiliados podrá avalar un programa empresarial que busque la erradicación del empleo, cualesquiera que sean las condiciones que enmarcan el mismo. Un Plan de Retiro Voluntario Compensado, no es otra cosa que una política de la empresa destinada a la erradicación del empleo, burlando las normas legales que buscan evitar los despidos colectivos de trabajadores. 

Pero, adicional a lo anterior, un Plan de Retiro Voluntario Compensado, en adelante PRVC, tiene un elemento que resulta de particular relevancia al momento de su implementación: la voluntariedad, el consentimiento libre de vicios. La pregunta es: ¿Un plan de retiro voluntario respeta y acoge la decisión del trabajador a quien va dirigido o, por el contrario, corresponde a una máscara que cubre un vicio del consentimiento que va ínsito en el mismo?

No es pacífica la situación del trabajador que recibe una “oferta” de retiro de la empresa, compensada con una bonificación, cuando sabe que la misma, de no ser acogida, puede conllevar el sometimiento a las normas legales y convencionales vigentes, menos generosas en la suma de dinero –compensación– que recibirá al momento de su retiro.

En un pronunciamiento reciente del Departamento Administrativo de la Función Pública, referido a los planes de retiro voluntario de los servidores públicos de carrera, lo que, a nuestro entender, es aplicable a todos los servidores públicos, independiente de la relación jurídica que los une a la administración, se dijo:

“El concepto mismo de retiro voluntario mediante bonificación, establecido para la primera forma del plan, presenta una antimonia por cuanto el libre albedrío del servidor público para manifestar si quiere o no retirarse se ve afectado por la llamada "bonificación" unida a la expectativa de que, en todo caso, el nominador cuenta con los mecanismos ordinarios para prescindir de sus servicios (declaratoria de insubsistencia o suspensión del cargo, entre otros), lo cual implica una pérdida total de autonomía y espontaneidad al decidir, máxime cuando se señalan plazos perentorios para hacerlo. Todo ello hace apenas nominal el carácter "voluntario" del retiro, pues mal puede pensarse que lo sea un acto con efectos jurídicos al que se llega con base en la doble presión del estímulo y la velada amenaza, como acontece a partir de las normas sub-judice. Ello, desde luego, quebranta la libertad del individuo en cuanto se le impide que obre según su elección consciente y deliberada, lesiona la dignidad de la persona en cuanto induce su comportamiento sin esperar a la natural expresión de su voluntad y limita en grado sumo el libre desarrollo de la personalidad, ya que el sujeto, particularmente quien había trazado sus propios planes fundado en los derechos de carrera ya adquiridos, los ve forzosamente modificados no por su propia decisión sino por el ánimo de la administración al incluirla en el respectivo Plan Colectivo de Retiro Compensado.(…)". (Subrayas en el texto original)

Adicional a estas consideraciones de la Función Pública, las mismas que compartimos en su integridad, es necesario recordar que cualquier despido colectivo de trabajo que vaya a realizar el empleador exige la intervención obligatoria de entes estatales, buscando siempre proteger el empleo y evitar que estos despidos conculquen derechos de los trabajadores. Y, para las empresas evitar esa intervención específica del estado en favor de los trabajadores, es que se estructura los PRVC, en los que se asumen por parte de los empleadores unas cargas económicas adicionales con las que se “cubre” la desprotección.

Por lo anterior, reafirmamos que nuestra misión es defender el empleo, reforzar las protecciones especial que establece la legislación a favor de los trabajadores, y señalar que, si bien es legítima la terminación contractual vía el acuerdo de las partes –empleador/trabajador–, la misma debe ser desarrollada con un protagonismo de las organizaciones sindicales, evitando reducir, hasta donde sea posible, la presión que sufren los trabajadores vinculados con medidas de esta naturaleza.

1.– Consideraciones específicas al PRVC propuesto por la Empresa

El PRVC propuesto por la Empresa establece seis grupos específicos de trabajadores que, al parecer, resultan especialmente costosos en la operación, ya sea porque son trabajadores con una protección laboral reforzada, esto es, frente a los que no se puede ejercer la potestad de terminar unilateralmente los contratos de trabajo, o que gozan de beneficios especiales consignados en normas laborales que fueron derogadas pero que por el principio de favorabilidad les siguen siendo aplicables. 

En el primer grupo de trabajadores están los que gozan de una estabilidad laboral reforzada –pre-pensionados, personas con restricciones médicas y servidores acogidos a la ley 1821–, esto es, no pueden ser despedidos sin que exista una justa causa de terminación del contrato de trabajo; en el segundo grupo están trabajadores que adicional a los beneficios de estabilidad laboral reforzada de los que eventualmente pueden gozar, tienen unos beneficios económicos importantes, como son regímenes prestacionales especiales –retroactividad de cesantías– o salarios personalizados, conocidos como “embanderados”.

Estos importantes elementos: tener estabilidad laboral reforzada y gozar de beneficios económicos que no pueden ser suprimidos por el empleador, deben ser tenidos en cuenta al momento de valorar el alcance económico de la propuesta que realice la Empresa. Pero, adicional a lo anterior, aceptar un retiro “acordado” con el empleador, les impide a quienes lo acepten conservar beneficios que sí tendrían si alcanzan la condición de pensionado.

2.– Elementos que se deben incorporar a un Plan de Retiro Compensado

 

2.1.– Un PRVC debe ser transparente

Como se señaló en las consideraciones iniciales de este escrito, la VOLUNTARIEDAD de un PRVC siempre estará cuestionada por la presión que recibe el destinatario –trabajador– soportadas en una “bonificación” y en la amenaza soterrada derivada del ofrecimiento que se le hace.

El primer elemento corresponde a un “negocio” que se le ofrece al trabajador: compramos, por una determinada suma de dinero. su estabilidad en el empleo y, con ella, la protección que el estado le brinda en los casos de despido colectivo. Acá es importante tener presente que los derechos laborales son irrenunciables, cualquiera que sea la compensación que se ofrezca. El segundo elemento es más cuestionable. Lo que de manera indirecta se le dice al trabajador en la oferta es: la empresa requiere prescindir de sus servicios, y una de las formas es el ofrecimiento de un PRVC, ¡pero existen otras! Este, seamos claros, no es un consentimiento libre y espontáneo, por lo que se exige que la oferta deje claramente expresada la voluntad de la empresa de respetar la decisión del trabajador. Por lo tanto, el texto debe decir claramente: “Se le ofrece un PRVC, sobre la base de que su decisión de aceptarlo o no, es libre y sin ninguna consecuencia negativa en caso de no aceptarlo”.

2.2.– Asesoría a los destinatarios del PRVC

En la oferta que se le haga a cada uno de los trabajadores se debe dejar consignado que su destinatario tiene todo el derecho a contar con la asesoría que considere necesaria, así como con el tiempo necesario para su consideración. Un PRVC no debe conllevar un atropello al trabajador estableciendo tiempos cortos que no posibiliten ningún análisis para la adopción de la decisión. Con esto, buscamos que cualquiera que sea la decisión que adopte el trabajador, la misma debe estar soportada en un análisis tranquilo del “negocio” que se le propone.

2.3.– El papel de las organizaciones sindicales

Por mandato legal, las organizaciones sindicales se constituyen para la defensa de los derechos de los trabajadores. Nosotros, como organización sindical, buscamos la estabilidad en el empleo, así como la consagración convencional de unas condiciones dignas del mismo.

En un PRVC, que, como lo señalamos al inicio, no impulsamos ni defendemos, pero al que no podemos legalmente oponernos por ser un asunto del ámbito contractual –empleador/trabajador–, la organización sindical debe ser llamada a monitorear los elementos de la construcción –población destino y oferta– y a todo el trabajo de implementación, con el que buscamos que el mismo se desarrolle en un marco de transparencia y que todos los derechos de los trabajadores estén protegidos.

Estos dos momentos, el de la construcción y el de la implementación, deben contar con una participación activa de todas las organizaciones sindicales que hacen presencia en la Empresa.

La transparencia de la empresa en un PRVC será reconocida por las manifestaciones expresas del papel que cada uno de los actores debe jugar en el proceso. Y ese reconocimiento, y ese llamado a las organizaciones sindicales para que desplieguen toda su gestión en defensa de los derechos de los trabajadores, son elementos fundantes de la transparencia.

2.4.– Punto de partida para la elaboración de la oferta

Conscientes de que un PRVC es un mecanismos que le permite al empleador realizar un acto que está sometido a un control administrativo y a eventuales sanciones  –despido colectivo–, y que, el mismo, si bien es aceptado por el trabajador que no está libre de presiones –una bonificación y un eventual despido–, su implementación y aceptación por parte del destinatario –trabajador– le debe representar un beneficio adicional a los que ya este goza. Los trabajadores a los que va dirigido el PRVC cuentan con acuerdos convencionales que establecen indemnizaciones extralegales para los casos en que sean despedidos sin la existencia de justas causas de despido, y aunque esto no es un despido, si es una manifestación del empleador de querer dar por terminado el contrato de trabajo. Por tanto, el punto de partida debe ser la convención colectiva de trabajo que hace parte del contrato de trabajo del trabajador, y la oferta debe ser remuneratoria de los derechos que pierde el trabajador y consecuencialmente de los beneficios que gana el empleador. 

Adicional a lo anterior, y como lo señalamos en el punto 1. de este escrito, un trabajador que antes de obtener el derecho a la pensión sale de la Empresa por un acuerdo con el empleador, pierde importantes beneficios como el de la “proveeduría”, el servicio que se le presta en salud, el derecho a la utilización del GYM, la posibilidad de participar en planes y programas realizados para pensionados, las prestaciones extralegales pactadas en el acuerdo convencional vigente, entre otros; y, adicionalmente, si no logra vincularse de nuevo, debe destinar gran parte de la bonificación que reciba para el pago de la seguridad social que le posibilite obtener una pensión acorde con lo que ha sido toda su cotización a lo largo de la vida laboral. Todos estos derechos deben ser considerados por la Empresa al momento de construir un PRVC, y analizados por el trabajador a quien va dirigida la oferta.

Por tanto, esperamos que la oferta sea efectivamente remuneratoria, esto es, que la misma vaya más allá de los derechos que su destinatario, el trabajador, ya tiene adquiridos, pero que, además cubra, los beneficios a los que éste está renunciando.

Con estas consideraciones iniciales, esperamos que la Empresa nos de la participación que tenemos como representantes mayoritarios de los trabajadores.

Reiterando el desacuerdo con este tipo de propuestas, es nuestro deber como organización sindical responsable, entregar a los afiliados a quienes pueda ir dirigido el plan, algunos elementos que posibiliten el análisis individual, dadas las implicaciones para cada trabajador en lo económico, tributario, laboral, profesional, emocional, familiar y pensional.

  • Nuestra abogada está presta a atender las inquietudes que sobre este particular tengan los afiliados a SINPRO. En caso de requerir asesoría legal, hacer clic aquí.
  • Cada caso es diferente de los demás, en virtud del salario, antigüedad, salud y el grupo de población contemplado en el ofrecimiento, entre otros.
  • Cualquier liquidación referente en la respectiva acta de transacción individual debe hacerse con base en el salario promedio.
  • Al servidor le corresponde asumir el impuesto del cuatro por mil (0,4%) del valor de la suma de dinero contenido en la respectiva acta de transacción.
  • Al cotizar como independiente, el trabajador retirado deberá asumir el pago total de los aportes en salud (12,5%) y en pensión (16%) -excepto quienes con dicho retiro se pensionan- y si la cotización se hace por encima de 4 smmlv, un aporte adicional del 1% de retención para el Fondo de Solidaridad Pensional.
  • La Retención en la Fuente no es un impuesto sino un pago anticipado de éste. El impuesto a pagar se dará al presentar, en 2025, la Declaración de Renta de 2024, por lo tanto, el hecho de no hacer esa retención no significa que haya exención del pago.
  • Si se encuentra en construcción del derecho pensional, se recomienda cotizar con el ingreso base de cotización (IBC) con el que lo venía haciendo, para no afectar el promedio con que se va a liquidar la mesada pensional. Para tener derecho a la pensión de vejez se deben considerar las exigencias del régimen al cual pertenece.
  • Si está afiliado a la Entidad Adaptada en Salud y se beneficia de la Proveeduría, al acogerse al PRVC automáticamente queda por fuera de la cobertura de esos servicios.

SINPRO

 

 

Capacitación: Aspectos Claves de la Reforma Pensional

Imprimir Correo electrónico
Categoría: Noticias
Creado: Jueves, 22, Agosto 2024 15:29
Escrito por EditorSINPRO
Visitas: 1583

grabación capacitación

 Click en la imagen para ver la grabación de la capacitación en Nuestro canal de Youtube 

Para ver la PRESENTACIÓN hacer clic en el siguiente link 

¿Cuál es la esencia de EPM?

Imprimir Correo electrónico
Categoría: Noticias
Creado: Viernes, 09, Agosto 2024 03:48
Escrito por EditorSINPRO
Visitas: 2427

Diseño sin título 14

Agosto de 2024.

La naturaleza de EPM está definida desde 1955 cuando se integró la prestación de servicios de energía, acueducto, alcantarillado y teléfonos ¿Continúa esa esencia? Editorial.

La Real Academia de la Lengua Española, RAE, define la palabra esencia como “aquello que constituye la naturaleza de las cosas, lo permanente e invariable en ellas (…) Lo más importante y característico de una cosa”.

La naturaleza de EPM y su ADN institucional están definidos desde 1955 cuando Medellín se dio un gran regalo, una empresa autónoma que integró la prestación de los servicios de energía, acueducto, alcantarillado y teléfonos para beneficio de los habitantes de la ciudad.

A lo largo de 69 años, EPM ha significado más que la construcción de grandes centrales de energía, más que el oasis de los embalses, más que un inconfundible edificio; EPM, históricamente, ha sido el rostro de lo social, del servicio, del rigor y del aporte al desarrollo; EPM es su gente: la que sirve y a la que le sirve con compromiso y con pasión. Por todo eso sigue siendo referente mundial.

La esencia de las EPM es lo que, conjugando su rigurosidad técnica, jurídica, financiera, y social ha hecho que, como dice su más recordado eslogan, haya sido y siga siendo fuente de bienestar y progreso para millones de ciudadanos y para la industria y el comercio de Medellín, Antioquia y gran parte del país.

Esencia que, además, se traduce en orgullo, al ser una empresa 100% pública capaz de generar más de 60 mil empleos directos e indirectos en 10 departamentos de Colombia, de destinar multimillonarios recursos a más de 50 municipios de Antioquia, de ser el segundo mayor contribuyente a la Nación después de Ecopetrol y ser el aportante de cerca de una cuarta parte del presupuesto total de Medellín, a la que en los últimos 23 años ha transferido 20,8 billones de pesos para inversión social en la ciudad.

Para llegar a esos resultados, en diferentes etapas de su historia EPM ha debido transitar por caminos complejos y pedregosos, con avatares y vicisitudes que, por momentos, han dejado la sensación de que la empresa se alejaba de su naturaleza. No obstante, y por fortuna, sin tener que mirar hacia atrás, excepto para aprender de cada experiencia vivida, EPM parece haber retomado el rumbo para volver a su esencia, a su naturaleza, sin dejar de lado un cúmulo de retos que no dan espera.

¿Pero qué significa volver a la esencia? Desde el inicio de la actual administración se ha manifestado que lo más importante para recuperar el brillo, la reputación, el orgullo ciudadano y la confianza de todos los grupos de interés es, precisamente, que EPM vuelva a su esencia, que como dice la RAE, “constituye la naturaleza”, es decir, prestar servicios con calidad, cobertura y eficiencia, y respirar ciudadanía para entender y dar soluciones al alcance de la empresa.

Volver a su esencia significa, además, concentrarse en tareas prioritarias, en proyectos a corto, mediano y largo plazo que contribuyen y contribuirán a la sostenibilidad de EPM.

A la par de las acciones para fortalecer jurídicamente su gobierno corporativo -tarea a la que, como se menciona en esta edición, SINPRO aportará su concepto y propuesta- y la revisión integral de la estructura administrativa, urge concentrar esfuerzos, entre otros, en la culminación y puesta en marcha de la totalidad del proyecto Hidroituango; en analizar de forma amplia, profunda y sensata la propuesta de venta de UNE, dando respuesta a varios interrogantes sobre los que se requiere haya suficiente claridad; en el estado y el manejo que debe darse Emvarias y a la operación de Afinia; en la revisión de las inversiones nacionales e internacionales y, por supuesto, en recuperar la planeación que por décadas caracterizó a EPM.

Hoy existe la confianza para permitirnos soñar con una nueva etapa en la que EPM, con toda su esencia, le pueda decir a cada uno de los ciudadanos, estamos ahí…

Notas Relacionadas:  

  • EPM comienza a recuperar su brillo
  • El futuro cercano de EPM (Todos por Medellín)
  • Conversación con el Concejo de Medellín sobre EPM y sus filiales
  • ¿Para qué cambiar el objeto social de EPM?

Más artículos...

  1. Llegó la hora de fortalecer el gobierno corporativo
  2. El futuro cercano de EPM
  3. Preguntas que se deben responder antes de una venta de UNE
  4. Conversación con el Concejo de Medellín sobre EPM y sus filiales

Subcategorías

Página 7 de 100

  • Inicio
  • Ant
  • 2
  • 3
  • 4
  • 5
  • 6
  • 7
  • 8
  • 9
  • 10
  • 11
  • Siguiente
  • Fin
  • Lo Último
  • +Leido

Lo Último

Memorias del conversatorio sobre Salud Mental

Quinto Diálogo de ciudad, este viernes en Medellín

Felicitaciones a los padres en su día

Día Internacional del Trabajo

Día de la Secretaria 2025

Firmamos acta extraconvencional: préstamos segunda vez, mejora de dos ayudas y nuevas cláusulas

Periódico Conexión - Edición N°14

Adjudicados 141 créditos de vivienda a nuestros afiliados en EPM

Empresas y trabajadores, de la mano, fórmula ganadora

Afinia, dolor de cabeza para EPM

Disminuir los puestos de trabajo le puede salir caro a Tigo

ISA, una joya en las manos equivocadas

Otra meta: 1.680 megavatios en energías limpias en 10 años

“Urge una política pública de energía”

Cómo leer y entender la factura de EPM

¿Se le va el agua en la casa? no se preocupe, es por mantenimiento

De tanques de agua a espacios que inspiran vida

Fuente de buenas noticias

Ecoansiedad y el futuro de Medellín: un llamado a la acción climática

Época dorada en la historia empresarial de Medellín…

6 de abril: límite para que algunos accedan a prima por retiro pensional

Empleo digno y sostenibilidad, pilares de acuerdo SINPRO-EPM

SINPRO rechaza decisión de Millicom de continuar con los despidos masivos

Hoy se instala la mesa de negociaciones SINPRO-EPM

Corte Suprema emite sentencia frente a laudo arbitral

Por la salud mental también estamos, A tu lado...

SINPRO: 22 años de coherencia sindical

Con nuevo plan de retiro en UNE ¿desmantelamiento total?

Adjudicación Créditos Fondo Vivienda SINPRO-EPM

Afinia: riesgo para EPM, Medellín y seguridad energética

+Leido

¿Qué es estabilidad laboral reforzada?

Declaración de la OIT: principios fundamentales en el trabajo

Carta de felicitaciones y compromisos con la ciudadanía, sobre el Futuro de EPM

Requisitos para Declarar Renta

La importancia de Hidroituango para el país

Vacaciones se interrumpen en caso de luto

Aviso de prensa

Gana!!!

Beneficios y permisos en casos de calamidad

Cómo saber si tiene que declarar renta

Planes de gobierno

Números El 13 te trae la suerte

Millicom deshuesa a UNE - EPM

Declaración de Renta

Asesoría legal permanente y oportuna

Para escribir bien… Expresiones que, aparentemente, son incorrectas

Comprar, vender, arrendar y otros servicios inmobiliarios, sin costo para el afiliado

SINPRO cada vez más cerca de los afiliados

¿Qué pasó con el dinero de venta de Isagen?.

Hasta 31 de agosto, legalización de ayudas educativas en EPM y UNE

Respuesta Derecho de Petición EPM

Esto es lo acordado para Convención con EPM a 2020

Informe de gestión SINPRO

A declarar renta…

Utilice sus beneficios para salud

Crece número de afiliados a SINPRO con créditos para vivienda

Afiliados a fondos privados pueden recuperar régimen de prima media

Subsidio familiar especial para quienes devengan hasta 4 smmlv

Avanzan las filas para créditos de vivienda en EPM y UNE

El alcalde de Medellín y la "joya de la corona"

Servicios Públicos

  • EPM
  • UNE
  • ECOPETROL
  • ISA
  • ISAGEN
  • ANDESCO
  • ETB
  • Chec (Central Hidroeléctrica de Caldas)
  • Edeq ( Empresa de Energía del Quindio)
  • XM( Filial ISA)

Entidades Gubernamentales

  • Presidencia de la República
  • Ministerio de la Protección Social
  • Corte Constitucional
  • Ministerio de Minas y Energía
  • Senado de la República
  • Cámara de Representantes
  • Departamento Nacional de Planeación
  • CRC (Comisión de Regulación de Comunicaciones)
  • Superintendencia de Servicios Públicos
  • Gobernación de Antioquia
  • Alcaldía de Medellín
  • Asamblea de Antioquia
  • Concejo de Medellín
  • DANE
  • CEPAL
  • Creg (Comisión de Regulación de Energía y Gas)
  • DAFD (Departamento Administrativo de la Función Pública)

Organizaciones Sindicales

  • Pacto Global
  • SINTRAELECOL
  • SINTRAEMSDES
  • OIT
  • ONU Colombia
  • Acrip
  • CUT
  • CGT
  • Escuela Nacional sindical

Mapa del Sitio | Carrera 43a (Avenida El Poblado) # 17 - 106 Edificio Latitude - Oficina 705. PBX: (4) 4449767 | Sindicato de Industria de los Trabajadores Profesionales de las Empresas de Servicios Públicos Domiciliarios, Complementarios y Conexos - Todos los derechos reservados © 2014 - Diseño y programación Interservicios s.a.s